<p>La factura electr&oacute;nica para pymes con menos de 8 millones de facturaci&oacute;n ser&aacute; obligatoria dos a&ntilde;os despu&eacute;s de que se aprube el reglamento de la Ley Crea y Crece previsto&nbsp;para septiembre 2024. Por encima de 8 millones ese plazo se reduce a un a&ntilde;o.&nbsp;Superados estos plazos, ya todas los pymes y profesionales deber&aacute;n expedir, remitir y recibir facturas electr&oacute;nicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales espa&ntilde;oles. Para los clientes part&iacute;culares solo si lo solicitan.</p>

<p>Adalid proporciona soluciones de facturaci&oacute;n electr&oacute;nica mediante la implantaci&oacute;n de un sistema actualizado o a&ntilde;adiendo esta funcionalidad a su sistema actual, sea cual sea su fabricante.</p>

Cúando será obligatoria la factura electrónica

La factura electrónica para pymes con menos de 8 millones de facturación será obligatoria dos años después de que se aprube el reglamento de la Ley Crea y Crece previsto para septiembre 2024. Por encima de 8 millones ese plazo se reduce a un año. Superados

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